Acuerdos privados con valor legal
Contrato préstamo entre particulares Colombia, con pagaré ejecutivo
Un préstamo entre particulares en Colombia queda formalizado por dos documentos que se generan en el mismo flujo: el contrato de préstamo y el pagaré (con mérito ejecutivo bajo Art. 709 C.Com. y Art. 422 CGP). Pacto valida que la tasa no supere el límite de usura vigente, 28,59% E.A., y aplica el techo de mora del Art. 884 C.Com.
Crear contrato de préstamo →Préstamo vs. pagaré: distinción que importa
El contrato de préstamo es el acuerdo completo: capital, tasa, plazo, cuotas, propósito, y las obligaciones de cada parte. El pagaré es el título ejecutivo que hace exigible la deuda sin proceso ordinario. Es la herramienta para cobrar, no la descripción del acuerdo. Pacto genera los dos en el mismo flujo porque el préstamo sin pagaré deja al prestamista con una deuda difícil de cobrar, y el pagaré sin contrato de préstamo deja ambigüedad sobre los términos.
Qué incluye el documento
- Capital del préstamo en COP: campo obligatorio, bilateral
- Tasa de interés E.A.: validada en tiempo real contra el límite de usura vigente (28,59% E.A.). Bloquea el acuerdo si supera ese techo
- Plazo en meses: configurable de 1 a 120 meses
- Frecuencia de pago: mensual, trimestral, o al vencimiento (capital + intereses)
- Destino del préstamo: campo informativo opcional
- Techo de mora automático: el sistema calcula la tasa de mora según Art. 884 C.Com
- Pagaré complementario: generado en el mismo flujo con mérito ejecutivo (Art. 709 C.Com. y Art. 422 CGP)
- Negociación bilateral: prestamista y prestatario proponen y responden términos desde sus perspectivas
- Firma electrónica Ley 527/1999: PDF con hash SHA-256, IP del firmante y marca de tiempo
Para el prestamista entre conocidos (N5)
Prestar dinero sin papel es una de las decisiones más comunes y más costosas entre colombianos. No por mala fe, sino porque sin un documento ejecutable, una promesa entre amigos se vuelve indemostrable. El contrato de Pacto más el pagaré cambian esa ecuación: usted tiene un título que le permite ir directamente a un juez a cobrar si la persona no paga, sin proceso largo, sin que el deudor pueda negar la deuda.
Pacto valida que la tasa de interés que usted propone sea legal. Si usted propone una tasa que iguale o supere el 28,59% E.A., el sistema la bloquea antes de que firmen, protegiéndole de configurar un contrato usurario por desconocimiento.
Precio
35.000 créditos ($35.000)
incluye contrato de préstamo + pagaré. el flujo completo — sesión de negociación 20.000 créditos ($20.000), la primera es gratis + firma electrónica 15.000 créditos ($15.000) por parte que firma
Con un top-up de 50.000 créditos por COP 50.000 puede completar 1 sesiones. Sin suscripción, sin cobros mensuales y sin tarifas por hora.
1 crédito = COP 1. El top-up mínimo es de 50.000 créditos por COP 50.000.
Ver todos los precios →Cómo se genera el contrato
- 1
Seleccione el tipo de acuerdo
Inicie sesión y seleccione "Préstamo entre Particulares" en el panel de acuerdos.
- 2
Ingrese los términos del préstamo
Ingrese el capital del préstamo, el plazo, la tasa de interés E.A. y la frecuencia de pago.
- 3
Validación automática de usura
Pacto valida en tiempo real que la tasa no supere el límite de usura vigente (Art. 884 C.Com) y bloquea el acuerdo si se excede.
- 4
Firma electrónica y documentos finales
Ambas partes firman electrónicamente (Ley 527/1999). Reciben el contrato de préstamo y el pagaré, que presta mérito ejecutivo (Art. 709 C.Com. y Art. 422 CGP).
Preguntas frecuentes
- ¿Para qué sirve el pagaré si ya tengo el contrato de préstamo?
- El contrato de préstamo es el acuerdo. El pagaré es el instrumento ejecutivo: con él, si la persona no paga, usted puede iniciar un proceso ejecutivo ante un juez sin necesidad de demostrar la deuda en un proceso ordinario largo. El pagaré firmado ya es la prueba. Sin pagaré, cobrar una deuda entre particulares puede tardar años. Con pagaré, es un proceso más ágil.
- ¿Cuál es la tasa de interés máxima legal para préstamos entre particulares en Colombia?
- La tasa de usura para consumo ordinario es certificada mensualmente por la Superintendencia Financiera de Colombia. Al corte de Octubre 2026 está en 28,59% E.A. Pacto bloquea cualquier tasa que iguale o supere ese límite al momento de crear el acuerdo.
- ¿Qué pasa con la mora si el prestatario no paga a tiempo?
- El Art. 884 del Código de Comercio establece el techo para intereses de mora. Pacto calcula la tasa de mora conforme a ese techo. Si la persona no paga en la fecha acordada, los intereses de mora corren automáticamente desde el día del vencimiento, dentro de los límites legales.
- ¿El préstamo requiere garantía real (hipoteca, prenda)?
- No es obligatorio. El pagaré solo requiere la firma del deudor para tener mérito ejecutivo. Si usted quiere reforzar el cobro con una garantía adicional (un bien inmueble, una prenda sobre un vehículo, un fiador), puede negociar esa condición bilateralmente dentro del flujo de Pacto.
- ¿Un préstamo sin intereses también necesita pagaré?
- Un préstamo entre particulares puede pactarse sin intereses (tasa cero). En ese caso, el pagaré sigue siendo útil para documentar la deuda y el plazo de pago. Sin documento, el deudor puede negar que hubo préstamo, y usted no tiene cómo probar lo contrario. Pacto permite crear préstamos a tasa cero; el sistema no bloquea la operación.
Software de negociación: validamos lo que ya sabe la ley.
14 reglas colombianas codificadas y auditables. Tasa de usura 28,59% E.A. (Art. 884 C.Com). Pagaré conforme a los Arts. 621 y 709 C.Com, con mérito ejecutivo bajo el Art. 422 CGP. Firma electrónica Ley 527/1999 + Decreto 2364/2012. Corpus de más de 42.000 precedentes verificados. Se actualiza en cada deploy.
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Contrato + pagaré ejecutivo en un flujo. Validación de usura en tiempo real. Firma electrónica Ley 527/1999.
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